ACTA N° 02/10
En la ciudad de Córdoba, a los veintisiete días del mes de enero
de año 2010, se reúne el H.T.D.D. de la Federación Cordobesa de
Fútbol bajo la presidencia de su titular, Sr. Daniel Díaz y
demás miembros presentes que firman el folio N° 125 del libro de
asistencia.
Jugadores Amonestados (Partidos disputados el 23 y
24/01/10)
Barrio Parque: DELGADO
Franco; GIUFFRE Bruno; BIANCHI Franco.
P/Independiente de Toledo: OLIVA
Juan José; AICHINO Marcos; PERIOTTI Juan.
P/25 de Mayo de Italó: CRESPO
Germán; BURZI Francisco; PIAZZA Adrián.
P/Talleres de Las Acequias: BRAVO
Matías; CARBONI Gonzalo.
P/Unión de Morrison: CAGLIERO
Juan; JARA Lucas; PUECHAGUT Sebastián.
P/Huracán de Las Varillas: GRUPPO
Sebastián; LUDUEÑA Pablo.
P/Sport Club Colón de Arroyo Cabral: TOTTIS
Federico; LUPPO Luciano.
P/Atlético Ascasubi de V. Ascasubi: BOAGLIO
Germán; MERCADO Federico.
P/Vélez Sársfield de Oliva: MEDINA
Román; LUJÁN Carlos; PEREYRA Nicolás; SALGADO Nicolás.
P/Leandro N. Alem de Villa Nueva: VELASCO
Marcos; CEBALLOS Diego; SOLÍS Sebastián; FERNÁNDEZ Pablo.
P/Defensores de Justiniano Posse: SAYAGO
Neri; QUEVEDO Emanuel; BALLADARES Franco.
P/Libertad de Canals: BOLINGER
Patricio; GUTIÉRREZ Oscar; OLIVER Juan Manuel; GHIGLIONE
Jonatan.
P/Central de Río Segundo: GIL
Carlos; RAMALLO Mauro.
P/Argentino Peñarol de Córdoba: BARRERA
Gastón.
P/Sportivo Isla Verde: PEREYRA
Jonathan; MITRE Ariel; GUZMÁN Sebastián; LIMA Valentín.
P/Matienzo de Monte Buey: SIEGENTHALER
Germán; SALDARI Fernando; TANTUCCI Juan.
P/Juventud Agraria Colón de Colonia Caroya: GÓMEZ
Luis.
P/Avellaneda de Córdoba: GARCÍA
Iván; DÁVILA Luciano; CORTÉS Raúl.
P/Juventud Unida de Juárez Celman: CASTRO
Darío; ACUÑA Raúl; CARNERO Pablo; CASTRO Diego.
P/Independiente de Balnearia: BALANGERO
Nadir; ÑAÑEZ Adrián.
P/Juventud Unida de Villa Huidobro: RIVERO
Lucas; CENTENO Agustín; ÁVILA Lucas; ZUBIRI Víctor; LATORRE
Ariel.
P/Talleres de Huinca Renancó: MIGLIORE
Matías; LÓPEZ Darío; JEMME Dante.
P/Estudiantes de General Levalle: BARDÍN
Ezequiel; RODRÍGUEZ Joaquín; LÓPEZ Franco; GRANERO Sebastián;
ASÍS Carlos.
P/Central Argentino de La Carlota: AGUIRRE
Hugo; YELAMO Maximiliano; VÉLEZ Ricardo; ROCHA Gustavo; LORENZI
Cristian.
P/Sportivo Municipal de Río Cuarto: GABELLE
Rodrigo; PERALTA Gonzalo; OYOLA Carlos; PRIZZÓN Mariano.
P/Recreativo Estrellas de Jovita: GUERRA
Walter; RÍOS Lucas.
P/Jorge Ross de La Carlota: SCHACHTEL
Emilio; SOSA Bernardo.
P/Dep. Independencia de Gral. Levalle: DUTTO
Maximiliano; ARMENDÁRIZ Jesús.
P/San Lorenzo de Córdoba: CEBALLOS
Darío.
P/Bochas Sport Club de Colonia Caroya: BRANCACIO
Daniel; ROYO Luis; HERRADO Daniel; MONTERO Luis.
P/Guillermo Renny de Wenceslao Escalante: BALZOLA
Gonzalo; BRUVA Julio; FRATTIN Franco.
P/Bell de Bell Ville: SALGUERO
Gabriel; GUTIÉRREZ Adrián; PIÑERO Lisandro; SCHEGIO Fernando.
P/Deportivo y Cultural Serrano: SÁNCHEZ
Walter; GIORDANO Gerardo; LOZANO Fabián; SCHMUKER Lucas.
P/Deportivo Melo: LIZENA
Facundo.
P/9 de Julio Olímpico de Freyre: Medrano
Alejandro; GUTIÉRREZ César; SILVA Mauricio; CAPDEVILA Alberto;
PÉREZ Andrés; ESPINOZA Sergio; GARITTA Lázaro; MIRANDA
Maximiliano.
P/Sportivo Tirolesa: AGUILAR
Darío; GUTIÉRREZ Leandro; PICOLI Jorge; REY Rolando; SALGUERO
Héctor.
Expulsados y/o suspendidos (Partidos
disputados el 23 y 24/01/10)
P/Talleres de las Acequias: OVIEDO
Pablo (30.587.208) 2 Part. Art. 201 Inc b Punto 8.
P/Sport Club Colón de A. Cabral: GABETTA
Diego (29.739.964) 1 Part. Art. 207.
P/Atlético Ascasubi de V. Ascasubi: MAIDANA
Julián (23.301.298) 1 Part. Art. 207.
P/Unión de Morrison: BALLSELLS
Federico (35.670.505) 2 Part. Art. 201 Inc. b Punto 1;
P/Huracán de Las Varillas: GARETTO
Javier (30.087.474) 1 Part. Art. 207; ARGÜELLO Javier
(29.446.690) Comprendido Artículo 22.
P/Defensores de Justiniano Posse: KRAFIC
Diego (31.451.429) 1 Part. Art. 207.
P/Libertad de Canals: MORALES
Matías (33.926.185) 1 Part. Art. 207; AVIGLIANO Danilo
(34.526.756) 1 Part. Art. 207.
P/Central de Río Segundo: CHESTA
Darío (29.245.143) 3 Part. Art. 200 Inc. a Punto 2.
P/Argentino Peñarol de Córdoba: FLORES
Ramón (1.032.598) 3 Part. Art. 200 Inc. a Punto 3; FREYTES
Christian (33.029.171) 1 Part. Art. 207.
P/Sportivo Isla Verde: FRANCO
Juan José (29.051.772) 1 Part. Art. 207.
P/Matienzo de Monte Buey: FANTASÍA
Darío (29.781.514) 3 Part. Art. 200 Inc. a Punto 1.
P/Estudiantes de General Levalle: MASCOTENA
Mauro (28.813.515) 1 Part. Art. 207.
P/Central Argentino de La Carlota: SILVARI
Ariel (27.837.700) 1 Part. Art. 207.
P/Jorge Ross de La Carlota: FERNÁNDEZ
Andrés (32.189.007) 1 Part. Art. 207
P/Dep. Independencia de Gral. Levalle: CHIOSSO
Silvio (36.603.190) 1 Part. Art. 207.
P/Deportivo y Cultural Serrano: MUSSO
Alexis (32.333.706) 2 Part. Art. 205 Inc. d.
P/Deportivo Melo: TORRES
Julián (29.234.894) 1 Part. Art. 207.
OMISIÓN ACTA ANTERIOR
Ante un error de transcripción del Acta Nº 01/10, el jugador BARDÍN
Ezequiel (DNI 30.490.156)
del Club Estudiantes de General Levalle, se omitió escribir la
sanción que le había aplicado al mencionado jugador este
Tribunal. Le corresponde 1 partido de suspensión Art. 207 Inc.
j y 210.
Se solicita al jugador del Club
Huracán de Las Varillas, Sr. ARGÜELLO
Javier (29.446.690),
efectúe el descargo de acuerdo a lo establecido en el Art. 8 de
las imputaciones que efectúa el árbitro a su persona.
Se da entrada a pedido de reconsideración, aplicándose el
Artículo 5, del Club Recreativo Estrellas de Jovita sobre
sanción impuesta al jugador FERNÁNDEZ
Camilo (DNI
32.425.422). A la misma no se hace lugar en un todo de acuerdo
al informe del árbitro.
Se recibe nota de la Mesa Ejecutiva de la Federación Cordobesa
de Fútbol que fuera enviada por la Liga Regional de Fútbol
General Roca. A la misma se le informa que las sanciones por
fechas prescriben al año.
PROTESTA DE PARTIDO
Se recibe protesta de partido efectuada por el Club Deportivo y
Cultural Serrano en tiempo y forma oblando en ese concepto la
cantidad de $ 2,250 (Pesos. Dos Mil Doscientos Cincuenta) según
recibo oficial Nº 3511 por inclusión indebida del jugador
MIGLIORE Matías (DNI 32.901.66) en el encuentro que se disputara
el día 17/01/10 frente al Club Talleres de Huinca Renancó,
afiliado a la Liga Regional de Fútbol General Roca, por la 1ª
fecha del Campeonato Provincial de Clubes de Primera División
Bicentenario de la Patria, SE DETERMINA: 1º) Solicitar al Club
Talleres de Huinca Renancó eleve el descargo de acuerdo al Art.
7º, 2º) Solicitar a la Liga Regional de Fútbol General Roca
informe si dicho jugador participó de las dos primeras fechas
del torneo de la liga conforme a los dispuesto en estos casos
por lo establecido en el Acta Nº 142/01/09 de esta Federación de
fecha 21/02/09 abriéndose el expediente Nº 01/10. Art. 7 y 33.
Se comunica al Club
Juventud Unida de Juárez Celman que
deberá dar cumplimiento a los pagos correspondientes al partido
que disputara por la 2ª fecha del Provincial de Clubes de 1ª
División frente a Independiente de Balnearia dentro de los cinco
(5) días; su incumplimiento significará el no envío de árbitros
para su próximo compromiso. Art. 77 Punto 2 y 33.
Se comunica al Club Sportivo
Municipal de Río Cuarto que
deberá dar cumplimiento a los pagos correspondientes al partido
que disputara por la 2ª fecha del Provincial de Clubes de 1ª
División frente a Recreativo Estrellas de Jovita dentro de los
cinco (5) días; su incumplimiento significará el no envío de
árbitros para su próximo compromiso. Art. 77 Punto 2 y 33.
Se comunica al Club Juventud
Agraria Colón de Colonia Caroya que
deberá dar cumplimiento a los pagos correspondientes al partido
que disputara por la 2ª fecha del Provincial de Clubes de 1ª
División frente a Avellaneda de Córdoba dentro de los cinco (5)
días; su incumplimiento significará el no envío de árbitros para
su próximo compromiso. Art. 77 Punto 2 y 33.
Se comunica al Club San
Lorenzo de Córdoba que
deberá dar cumplimiento a los pagos correspondientes al partido
que disputara por la 2ª fecha del Provincial de Clubes de 1ª
División frente a Bochas Sport Club de Colonia Caroya dentro de
los cinco (5) días; su incumplimiento significará el no envío de
árbitros para su próximo compromiso. Art. 77 Punto 2 y 33.
Se comunica al Club Guillermo
Renny de Wenceslao Escalante que
deberá dar cumplimiento a los pagos correspondientes al partido
que disputara por la 2ª fecha del Provincial de Clubes de 1ª
División frente a l Club Atlético y Biblioteca Bell de Bell
Ville dentro de los cinco (5) días; su incumplimiento
significará el no envío de árbitros para su próximo compromiso.
Art. 77 Punto 2 y 33.
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